El centro hospitalario demandante reclamó a la paciente el pago de la factura emitida por los servicios médicos, ya que el seguro no se hizo cargo.

La mujer, que se encontraba embarazada de 32 semanas, visitó al ginecólogo y tras realizarse una ecografía, el médico le advirtió de la posibilidad de un parto prematuro, por lo que decidió acudir al servició de urgencias de una clínica privada próxima. Allí fue ingresada, tras comunicar verbalmente en recepción que tenía seguro médico. Se le realizaron diversas pruebas, pasó tres noches en el hospital y finalmente fue dada de alta.

La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado que la mujer tendrá que pagar la asistencia médica privada prestada con carácter de urgencia ante el riesgo de un parto prematuro. Sin embargo, no debe afrontar los gastos médicos posteriores, pues exigía, para la vinculación contractual de la consumidora, la información previa de las condiciones económicas del servicio. Ver la noticia completa.

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